Tribunal Administrativo de Cundinamarca admite reforma de demanda en proceso contra la DIAN
Proviene de: Sentencias
7 de noviembre de 2025 12:18:11
Contexto y antecedentes procesales
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Cuarta, Subsección B, estudió el auto admisorio de la reforma de demanda en un proceso de nulidad y restablecimiento del derecho. La demanda original fue interpuesta el 2 de diciembre de 2024 por una sociedad dedicada al transporte y logística de hidrocarburos contra la U.A.E. Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN). La acción judicial cuestiona dos actos administrativos: una resolución que determinó el valor de una contribución sobre contratos de obra pública para el año 2018, y la resolución que confirmó dicha decisión tras recurso de reconsideración. El auto que admitió la demanda fue emitido el 13 de marzo de 2025 y notificado a la entidad demandada mediante correo electrónico el 25 de marzo del mismo año. Posteriormente, el 9 de mayo de 2025, la sociedad demandante presentó una reforma a su demanda. La DIAN contestó la demanda dentro del término procesal establecido, sin formular excepciones.Consideraciones jurídicas del auto admisorio
El análisis del Tribunal se fundamentó en el artículo 173 del CPACA, que regula la reforma de la demanda, estableciendo que esta solo puede proponerse una vez y dentro de un plazo específico, que incluye hasta diez días hábiles posteriores al vencimiento del término de traslado de la demanda. En este caso, la notificación del auto admisorio se consideró cumplida el 27 de marzo de 2025, iniciando el término de traslado el 28 de marzo y finalizando el 16 de mayo de 2025. Por ende, el plazo para reformar la demanda se extendió hasta el 30 de mayo de 2025. La presentación de...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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