Tribunal Administrativo de Cundinamarca admite demanda de nulidad contra actos administrativos del Distrito Capital
Proviene de: Sentencias
7 de noviembre de 2025 12:21:22
Contexto y competencia jurisdiccional
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca, en su Sección Cuarta - Sub-Sección “A”, con fecha 28 de octubre de 2025 y bajo la ponencia de la magistrada sustanciadora, conoció un auto relativo al medio de control de nulidad simple interpuesto contra actos administrativos del Distrito Capital. La demanda fue inicialmente radicada ante la Oficina de Apoyo de los Juzgados Administrativos de Medellín, pero por razones territoriales y funcionales fue trasladada a esta Corporación, que declaró su competencia conforme a los artículos 152 y 156 de la Ley 1437 de 2011.Antecedentes fácticos y procesales
La demanda fue presentada en enero de 2025 contra la Secretaría de Hacienda Distrital y el Concejo de Bogotá. El demandante cuestiona la legalidad de dos actos administrativos: el Acuerdo 927 de junio de 2024, que adopta el Plan Nacional de Desarrollo del Distrito Capital para el periodo 2024-2027, y el Decreto 236 de julio de 2024, que reglamenta varios artículos del mencionado acuerdo. Tras varios autos que determinaron la competencia, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca asumió el conocimiento del proceso.Consideraciones y fundamentos del auto
El auto destaca varios aspectos jurídicos relevantes:- Competencia: La Corporación es competente para conocer la demanda, por tratarse de actos administrativos emitidos por autoridades distritales, conforme a los artículos 152 y 156 numeral 7 de la Ley 1437/11.
- Requisitos formales: La demanda cumple con los requisitos establecidos en los artículos 162 y 163 de la Ley 1437/11 y el artículo 35 de la Ley 2080/21.
- Oportunidad para demandar: La pretensión no se encuentra caducada, pues se presenta conforme al...
Más noticias sobre Derecho Administrativo
No se encontraron sugerencias