Tribunal Administrativo de Cundinamarca declara su incompetencia en caso de decomiso de mercancías por parte de la DIAN
Proviene de: Sentencias
7 de noviembre de 2025 12:21:57
Contexto y naturaleza de la decisión
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Cuarta - Subsección «A», emitió un auto en el cual se pronunció sobre su competencia para conocer de un proceso de nulidad y restablecimiento del derecho. Este proceso fue instaurado por una empresa del sector de telecomunicaciones que demandó la nulidad de dos resoluciones expedidas por la DIAN: una que ordenó el decomiso de mercancías y otra que resolvió un recurso de reconsideración relacionado con dicho decomiso.Antecedentes fácticos y procesales
La empresa demandante presentó la demanda impugnando la Resolución No. 002572 de agosto de 2024, por la cual se procedió al decomiso de mercancías avaluadas en más de dos mil doscientos millones de pesos, y la Resolución No. 339 de febrero de 2025, que negó el recurso de reconsideración interpuesto contra la primera decisión. La mercancía decomisada correspondía a 24 ítems detallados en la demanda. La parte demandante solicitó la nulidad de las resoluciones y el restablecimiento del derecho, con la revocación del decomiso.Consideraciones jurídicas del Tribunal
El Tribunal analizó inicialmente su competencia conforme a lo dispuesto en el artículo 18 del Decreto 2288 de 1989, que asigna a la Sección Cuarta el conocimiento de procesos de nulidad y restablecimiento del derecho relacionados con impuestos, tasas, contribuciones y jurisdicción coactiva. Sin embargo, observó que el caso en cuestión no versaba sobre actos administrativos tributarios ni procesos de cobro coactivo, sino sobre el decomiso de mercancías, lo que no encajaba en la especialidad de la Sección Cuarta. Además, el Tribunal examinó la cuantía del proceso, la cual superaba los quinientos salarios mínimos legales...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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