Tribunal Administrativo de Cundinamarca avoca conocimiento y decide sobre excepciones en proceso contra Cafesalud EPS Liquidada
Proviene de: Sentencias
7 de noviembre de 2025 12:34:16
Contexto y competencia del Tribunal
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca, a través de un auto emitido por el magistrado ponente, asumió la competencia para tramitar y decidir un proceso de nulidad y restablecimiento del derecho iniciado por una clínica en contra de la Superintendencia Nacional de Salud y Cafesalud EPS en Liquidación. Este tribunal es competente conforme al artículo 125.3 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA) para conocer de este tipo de procesos.Antecedentes fácticos y procesales
La demanda se fundamentó en la nulidad de tres resoluciones expedidas por el agente liquidador de Cafesalud EPS, mediante las cuales se reconocieron ciertas acreencias. Tras la admisión de la demanda, la Superintendencia Nacional de Salud presentó respuesta y propuso excepciones de mérito, incluyendo la falta de legitimación en la causa por pasiva. Por su parte, la mandataria que representa a Cafesalud en liquidación planteó como excepción previa la inexistencia de la persona jurídica demandada.Análisis y consideraciones jurídicas
El tribunal examinó en primer lugar la excepción de falta de legitimación en la causa por parte de la Superintendencia Nacional de Salud. Se concluyó que dicha excepción no es una excepción previa sino de mérito, ya que no se presenta de manera manifiesta para ser declarada en sentencia anticipada. Por tanto, su decisión se reservará para la sentencia de fondo, en la cual se estudiarán conjuntamente las demás excepciones planteadas. Respecto a la excepción de inexistencia de la persona jurídica Cafesalud EPS en liquidación, el tribunal recordó que sólo pueden ser partes procesales quienes tengan capacidad para ejercer derechos y contraer obligaciones, incluyendo personas...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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