Tribunal Administrativo de Cundinamarca admite demanda contra Ministerio de Ambiente por incumplimiento normativo
Proviene de: Sentencias
7 de noviembre de 2025 12:45:42
Contexto y tribunal competente
La providencia fue emitida por la Sección Primera, Subsección B, del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, en Bogotá D.C., el 24 de octubre de 2025. El magistrado ponente a cargo del asunto dictó un auto en el que se ordena la admisión de la demanda interpuesta en primera instancia. El medio de control utilizado es el cumplimiento de normas con fuerza material de Ley o de actos administrativos, mecanismo que permite exigir la ejecución de obligaciones normativas pendientes por parte de las entidades públicas.
Antecedentes fácticos y procesales
La demanda fue presentada contra el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, solicitando que se cumpla con lo establecido en el artículo 4 del Decreto 1369 de 2014. Esta norma obliga a dicha cartera a definir los criterios y requisitos que deben aplicarse para anunciar productos que generen beneficios ambientales. Además, se exige que estas definiciones sean notificadas a la Organización Mundial del Comercio (OMC), en cumplimiento de compromisos internacionales.
Tras el radicado y reparto del expediente, el Tribunal verificó que la demanda cumplía con los requisitos formales para su admisión y procedió a admitirla en primera instancia. Se ordenó notificar al Ministerio demandado para que pueda intervenir en el proceso y aportar pruebas en un término de tres días. También se estableció que la decisión final sobre el fondo del asunto se adoptará en un plazo máximo de veinte días.
Consideraciones y alcance de la decisión
El auto se fundamenta en la necesidad de garantizar el cumplimiento efectivo de normas que tienen fuerza de ley y actos administrativos, especialmente en materia ambiental, donde la regulación clara y oportuna es fundamental para la protección del medio ambiente y la transparencia en el mercado. La decisión enfatiza el deber del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible de establecer y comunicar de manera adecuada las definiciones relacionadas con la publicidad de productos con beneficios ambientales, en concordancia con la normativa interna y los compromisos internacionales frente a la OMC.
Asimismo, el Tribunal instruyó las notificaciones correspondientes tanto a la parte demandante como a la entidad accionada, en aplicación de la Ley 393 de 1997 y la Ley 2213 de 2022, que regulan los procesos de cumplimiento de normas con fuerza de ley. La providencia garantiza que el proceso continuará su trámite conforme a los plazos y procedimientos previstos en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA).
Esta admisión representa un paso inicial para exigir responsabilidades administrativas y asegurar que las entidades públicas cumplan con sus obligaciones normativas, particularmente en temas ambientales de relevancia nacional e internacional.
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Esta noticia se emite con el fin de informar sobre la admisión de la demanda y el desarrollo del proceso judicial, sin emitir juicios o valoraciones sobre las partes involucradas.
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.