Tribunal Administrativo de Cundinamarca admite demanda contra la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales y niega medida cautelar
Proviene de: Sentencias
7 de noviembre de 2025 12:46:48
Contexto y tribunal competente
La Sección Primera, Subsección “A” del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, con sede en Bogotá D.C., fue la encargada de conocer y decidir sobre la demanda presentada mediante el medio de control de cumplimiento. La providencia fue firmada electrónicamente por el Magistrado Ponente a cargo del caso.Antecedentes fácticos y procesales
La demanda fue instaurada contra la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), en ejercicio del medio de control de cumplimiento previsto en la Ley 393 de 1997, que desarrolla el artículo 87 de la Constitución Política. La parte actora solicitó además la adopción de una medida cautelar para garantizar el cumplimiento de la ley o de un acto administrativo.Consideraciones de la providencia
Respecto a la medida cautelar solicitada, el Tribunal confirmó su improcedencia, fundamentándose en el régimen jurídico previsto para la acción de cumplimiento. La Ley 393 de 1997, que regula este medio de control, no contempla la posibilidad de interponer medidas cautelares. En este sentido, el Tribunal recordó la jurisprudencia del Consejo de Estado, la cual establece que el régimen de medidas cautelares del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA) es aplicable únicamente a procesos declarativos y no a la acción de cumplimiento. Esta última tiene como objetivo exclusivo “hacer efectivo el cumplimiento de una ley o un acto administrativo”, por lo que carece del carácter declarativo requerido para la aplicación del régimen de medidas cautelares. En consecuencia, la solicitud de medida cautelar fue negada. En cuanto a la demanda, el Tribunal determinó que cumple con los requisitos legales para su admisión, por lo que fue admitida...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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