Tribunal Administrativo de Cundinamarca admite acción de cumplimiento contra Senadora por incumplimiento de Ley 2013 de 2019
Tribunal Administrativo de Cundinamarca admite acción de cumplimiento contra Senadora por incumplimiento de Ley 2013 de 2019
Proviene de: Sentencias
7 de noviembre de 2025 12:48:50
Contexto y antecedentes del caso
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Primera, Subsección B, en auto interlocutorio fechado el 24 de octubre de 2025, admitió a trámite una acción de cumplimiento interpuesta por una fundación especializada en seguimiento legislativo contra una Senadora de la República. La demanda busca que se ordene a la Senadora cumplir con las obligaciones establecidas en los artículos 2, 3 y 4 de la Ley 2013 de 2019, que consagra la obligatoriedad de publicar en el SIGEP la declaración de bienes y rentas, el registro de conflictos de interés y la declaración del impuesto sobre la renta.
La acción se origina en que, desde su posesión en julio de 2022, la Senadora no habría cumplido con publicar dicha información correspondiente a los años 2022, 2023, 2024 y 2025. La fundación demandante realizó previamente un requerimiento formal de cumplimiento el 23 de septiembre de 2025, sin que hasta la fecha se haya recibido respuesta dentro del plazo legal.
Fundamentos jurídicos y competencia
El Tribunal determinó su competencia para conocer la acción de cumplimiento en primera instancia, conforme a lo establecido en el artículo 3 de la Ley 393 de 1997, el artículo 146 de la Ley 1437 de 2011 y el numeral 14 del artículo 152 de esta última ley. La acción está dirigida contra una servidora pública electa mediante voto popular, lo que reafirma la competencia de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Respecto a la legitimidad, la providencia destaca que cualquier persona o entidad puede interponer esta acción para exigir el cumplimiento de una ley o acto administrativo, conforme al artículo 87 de...
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