Tribunal Administrativo de Cundinamarca remite proceso por competencia a Juzgados Administrativos de Bogotá
Proviene de: Sentencias
7 de noviembre de 2025 13:2:49
Contexto y naturaleza de la decisión
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Segunda – Subsección “D”, a través de un auto firmado por el Magistrado Ponente, analizó la competencia para conocer un proceso de nulidad y restablecimiento del derecho. Este proceso se instauró contra una entidad pública encargada de la administración de asignaciones de retiro, en el cual se disputaba la legalidad de un acto administrativo que negó la reliquidación de dicha asignación.Antecedentes fácticos y procesales
El demandante impugnó la decisión administrativa que negó la reliquidación de su asignación de retiro. El proceso fue radicado en octubre de 2025, y la controversia se centró en determinar qué órgano jurisdiccional era competente para conocer de la demanda. El Tribunal Administrativo de Cundinamarca inició el análisis, pero debido a cambios normativos recientes, debía evaluar si correspondía a su jurisdicción o a la de los Juzgados Administrativos de Bogotá.Consideraciones jurídicas y fundamentos de la decisión
El auto se fundamentó principalmente en el análisis del artículo 155 de la Ley 1437 de 2011, modificado por el artículo 30 de la Ley 2080 de 2021. Esta norma establece que los Juzgados Administrativos en primera instancia conocen de los procesos de nulidad y restablecimiento del derecho de carácter laboral que no provengan de un contrato de trabajo y que controviertan actos administrativos de cualquier autoridad, sin importar su cuantía. Asimismo, el artículo 153 de la misma ley dispone que los Tribunales Administrativos conocen en segunda instancia de las sentencias proferidas por los Juzgados Administrativos. Dado que estas disposiciones entraron en vigor el 25 de enero de 2022, y considerando que...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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