Contexto y referencia normativa
El proyecto de decreto, anunciado en 2025 por el Ministerio del Interior, buscaría modificar el Decreto 1066 de 2015, Único Reglamentario del Sector Administrativo del Interior. Este decreto adicionaría un nuevo título dedicado a la adopción de la Política Pública de Convivencia y Seguridad Humana, en concordancia con la Ley 2294 de 2023, que establece el Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026 "Colombia, Potencia Mundial de la Vida". Esta política se inscribiría en la tercera transformación estructural del país: “Seguridad humana y justicia social”, con un enfoque multisectorial, integral y preventivo.
Tema y propósito principal del proyecto
El proyecto tendría como objetivo principal articular acciones institucionales y sociales para implementar un modelo de convivencia y seguridad ciudadana basado en el enfoque de seguridad humana. Se buscaría fortalecer capacidades individuales, colectivas e institucionales para la gestión, tratamiento y transformación pacífica de conflictos, promoviendo un entorno de respeto a los derechos humanos y la vida. La política estaría dirigida a todas las personas naturales y jurídicas dentro del territorio nacional, sin discriminación, y enfatizaría la corresponsabilidad entre entidades públicas, comunidad y sector privado.
Modificaciones y medidas específicas propuestas
Se propondría la adición del Título 7 al Decreto 1066 de 2015, incluyendo artículos que establecen:
- La adopción formal de la Política Pública de Convivencia y Seguridad Humana como parte integral del decreto.
- La definición de conceptos, objeto y ámbito de aplicación de la política, que sería obligatoria para las entidades nacionales y territoriales.
- Los componentes y ejes de gestión, incluyendo: gestión del conocimiento, instrumentos para el tratamiento de conflictos, transformación de la conflictividad, planeación territorial y convivencia sostenible.
- Enfoques diferenciales e interseccionales en la implementación, garantizando la inclusión de género, etnia, discapacidad, orientación sexual y ruralidad.
- La participación activa de organizaciones sociales, comunitarias y étnicas en la planeación, seguimiento y evaluación.
- Instrumentos de implementación como protocolos participativos, índices de conflictividad social y sistemas nacionales de convivencia para la vida.
- Un plan de acción con metas, responsables y cronogramas, así como mecanismos de seguimiento y evaluación coordinados por el Ministerio del Interior y el Departamento Nacional de Planeación.
- Disposiciones sobre corresponsabilidad, estableciendo deberes para entidades públicas, comunidad, familias, instituciones educativas y sector privado en la promoción de la convivencia y seguridad humana.
- Compromisos específicos de entidades como la Policía Nacional, Ministerio de Defensa, Ministerio de Educación, Ministerio de Justicia y del Derecho, y autoridades territoriales para la implementación coordinada de la política.
- Definición de conductas que atentan contra la convivencia y seguridad humana, conforme al Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana (Ley 1801 de 2016), que incluirían actos como violencia, amenazas y alteración del orden público.
- Disposiciones transitorias para que las entidades ajusten sus planes en un plazo máximo de seis meses tras la entrada en vigencia del decreto.
Participación de actores clave
El proyecto plantearía una articulación estrecha entre el Ministerio del Interior, la Policía Nacional, el Ministerio de Defensa, el Ministerio de Educación, el Ministerio de Justicia y del Derecho, el Departamento Nacional de Planeación y las autoridades territoriales. Además, se garantizaría la participación de organizaciones sociales, comunitarias, étnicas y juveniles en la formulación, implementación y seguimiento de la política. El sector privado podría incorporarse voluntariamente en la promoción de la convivencia mediante la adopción de lineamientos preventivos en sus manuales internos.
Información adicional y participación ciudadana
Aunque el proyecto de decreto aún no estaría vigente, se esperaría que la ciudadanía y los actores interesados pudieran acceder al texto completo para su revisión. Asimismo, se podrían habilitar espacios para comentarios y participación durante el proceso de consulta pública, en línea con los mecanismos establecidos para la formulación de políticas públicas participativas en Colombia.
El proyecto indicaría que la financiación de las acciones derivadas de la política estaría a cargo de las entidades responsables de su implementación, y que la divulgación y promoción de la política serían lideradas por el Ministerio del Interior con apoyo de entidades nacionales y territoriales. Además, señalaría que el plan de acción para la política pública debería iniciarse en un plazo no mayor a seis meses desde la entrada en vigencia del decreto.
Este proyecto de decreto representaría un avance en la institucionalización de un modelo de convivencia y seguridad con enfoque de seguridad humana, buscando una gestión integral y preventiva de los conflictos sociales en el país. Su implementación podría contribuir significativamente a la construcción de una sociedad más pacífica, inclusiva y respetuosa de los derechos humanos, fortaleciendo la cohesión social y la gobernabilidad en Colombia.