Decreto 1184 de 2025: Modificación parcial del Arancel de Aduanas para confecciones y calzado por el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo
Proviene de: Decretos
10 de noviembre de 2025 19:33:34
Contexto y propósito del Decreto 1184 de 2025
El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, mediante el Decreto 1184 de 2025, publicado en el Diario Oficial No. 53.298 el 8 de noviembre de 2025, adoptó una modificación parcial al Arancel de Aduanas vigente desde 2022 (Decreto 1881 de 2021). Esta iniciativa responde a la necesidad de promover la competitividad y sostenibilidad del sector confecciones y calzado, que representa una importante fuente de empleo en Colombia y un foco estratégico para la reindustrialización del país.
El decreto se fundamenta en las facultades constitucionales del Presidente de la República, en especial el numeral 25 del artículo 189, y en el marco legal establecido por la Ley 7ª de 1991 y la Ley 1609 de 2013, que regulan la política arancelaria y el régimen de aduanas. Además, sigue la recomendación del Comité de Asuntos Aduaneros, Arancelarios y de Comercio Exterior, y se ajusta a la Decisión 805 de la Comunidad Andina, que faculta a los países miembros para adoptar modificaciones arancelarias.
Medidas específicas y ámbito de aplicación
El Decreto 1184 de 2025 establece una tarifa arancelaria del cero por ciento (0%) para las importaciones de treinta y siete subpartidas arancelarias que corresponden a insumos y materias primas del sector confecciones y calzado. Estas subpartidas fueron identificadas por no contar con producción nacional registrada, lo que implica que actualmente están gravadas con tarifas arancelarias que encarecen los costos de producción.
La reducción arancelaria aplicará exclusivamente a importaciones provenientes de países con los cuales Colombia no tiene acuerdos comerciales vigentes, buscando equilibrar la competencia frente a productos importados a precios inferiores que pueden afectar la industria nacional.
Esta medida estará vigente por un periodo de dos años a partir de su entrada en vigor, con revisión anual para evaluar su impacto, según lo dispuesto por el Comité de Asuntos Aduaneros, Arancelarios y de Comercio Exterior. Transcurrido este plazo, se restablecerán los aranceles contemplados en el Decreto 1881 de 2021 o las normas que lo modifiquen.
Implicaciones para la ciudadanía y el sector productivo
El sector confecciones y calzado en Colombia empleó en 2024 a cerca de 490 mil personas, representando un 2,1% del total de ocupados en el país. La reducción temporal de aranceles en insumos estratégicos busca mejorar la competitividad de esta industria, facilitar la reducción de costos de producción y fortalecer los encadenamientos productivos.
La medida también responde a la Política Nacional de Reindustrialización, que promueve la sofisticación de la oferta interna y exportable, así como la transición hacia una economía sostenible y basada en el conocimiento.
Base legal y vigencia
El decreto se expide en ejercicio de las facultades constitucionales y legales del Presidente de la República, de conformidad con lo establecido en la Ley 1609 de 2013, la Ley 7ª de 1991 y el Decreto 3303 de 2006. Además, fue sometido a consulta pública por 15 días calendario para garantizar la participación ciudadana.
Entrará en vigor quince días después de su publicación en el Diario Oficial y modifica parcialmente el artículo 1º del Decreto 1881 de 2021. No deroga sino que complementa y ajusta la regulación arancelaria vigente, con el fin de atender necesidades específicas del sector confecciones y calzado.
Este ajuste temporal en los aranceles representa un esfuerzo administrativo para equilibrar la competitividad del sector frente a importaciones a bajos precios, apoyando la sostenibilidad y desarrollo industrial del país. Se espera que esta medida contribuya a la consolidación de una industria nacional más fuerte, capaz de generar empleo y mejorar su posición tanto en el mercado interno como en el exterior.
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.
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