Consejo de Estado admite recurso extraordinario de revisión en proceso administrativo
Proviene de: Sentencias
21 de noviembre de 2025 15:49:3
Contexto y naturaleza de la decisión
La Sala Especial de Decisión del Consejo de Estado, en segunda instancia, profirió un auto mediante el cual admitió un recurso extraordinario de revisión presentado contra una sentencia ejecutoriada dictada por una subsección de la misma corporación. Esta providencia judicial es relevante dentro del ámbito del derecho administrativo, en particular para los procesos de reparación directa, ya que el recurso extraordinario de revisión constituye un mecanismo excepcional para reabrir casos cuando existen situaciones graves que afectan la justicia material y no pudieron ser planteadas oportunamente.Antecedentes fácticos y procesales
La sociedad recurrente presentó el recurso de revisión contra la sentencia del 12 de abril de 2024, que había revocado una decisión apelada y declarado de oficio la caducidad del medio de control de reparación directa. La sentencia controvertida quedó ejecutoriada el 18 de noviembre de 2024, y el recurso se interpuso dentro del término legal de un año desde dicha ejecutoria, conforme a lo dispuesto en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA).Fundamentos jurídicos de la admisión
La admisión del recurso extraordinario de revisión se sustenta en el cumplimiento de los requisitos formales y sustanciales previstos en el CPACA, con las modificaciones introducidas por la Ley 2080 de 2021. Entre estos requisitos destacan:- La presentación del recurso contra una sentencia ejecutoriada dictada por subsecciones del Consejo de Estado.
- La interposición dentro del plazo establecido por el artículo 251 del CPACA.
- La indicación clara de las partes, sus representantes, y el domicilio del recurrente.
- La exposición razonada de la causal de revisión invocada.
- La aportación de las pruebas que se...
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