Consejo de Estado ordena remisión para posible acumulación en demanda contra resolución presidencial sobre Zona de Ubicación Temporal
Proviene de: Sentencias
21 de noviembre de 2025 16:11:52
Contexto y tribunal competente
El auto fue proferido por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, en su Sección Primera, en el marco de un medio de control de nulidad instaurado contra la Resolución núm. 161, expedida por la Presidencia de la República en mayo de 2025. La demandante, actuando en nombre propio, solicitó la nulidad de dicha resolución, así como la suspensión provisional de sus efectos.Antecedentes fácticos y procesales
La resolución cuestionada establece una Zona de Ubicación Temporal y dicta otras disposiciones relacionadas con esta medida. La demandante instauró el proceso amparándose en el artículo 137 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA), que regula el medio de control de nulidad. Al momento de resolver sobre la admisión de la demanda, el Despacho judicial advirtió que existía un proceso anterior, radicado en el mismo tribunal y bajo la jurisdicción de otro magistrado, que también busca la nulidad de la misma resolución presidencial. Este otro expediente fue admitido con anterioridad, lo que determina la antigüedad procesal.Consideraciones jurídicas y fundamento de la decisión
Con base en lo dispuesto en los artículos 149 y 150 del Código General del Proceso, el tribunal decidió remitir el proceso más reciente al magistrado que conoce el expediente más antiguo, con el fin de estudiar la posible acumulación de ambos procesos. El artículo 149 señala que, cuando existen varios procesos relacionados, se debe remitir el expediente al juez de superior categoría para que resuelva sobre la acumulación y continúe conociendo el caso. En ausencia de un juez superior, asumirá competencia el juez que...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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