Consejo de Estado confirma rechazo a recurso extraordinario de revisión por extemporaneidad en proceso administrativo
Proviene de: Sentencias
21 de noviembre de 2025 16:17:22
Contexto y competencia del órgano judicial
La providencia fue emitida por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, en segunda instancia y en el trámite del recurso de súplica contra un auto que rechazó el recurso extraordinario de revisión. La Sala confirmó la decisión adoptada por el magistrado ponente, en ejercicio de sus competencias establecidas en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA) y la Ley 2080 de 2021, relativas al control de recursos de súplica y revisión.Antecedentes del caso
El actor solicitó la revisión extraordinaria de una sentencia emitida el 18 de abril de 2023 por el Tribunal Administrativo regional, que confirmó la decisión de un juzgado administrativo en un proceso de nulidad y restablecimiento del derecho. La sentencia fue notificada electrónicamente el 10 de mayo de 2023 y adquirió ejecutoria tres días después, el 13 de mayo de 2023. El recurso extraordinario de revisión debía presentarse dentro del año siguiente a la ejecutoria, es decir, a más tardar el 17 de mayo de 2024. Sin embargo, fue interpuesto el 13 de enero de 2025, superando el término legal establecido por más de siete meses. Por esta razón, el magistrado ponente inicialmente rechazó el recurso por extemporáneo. Posteriormente, el actor interpuso un incidente de nulidad dentro del término de ejecutoria alegando la existencia de una causal que suspendía dicho término, pero este no fue admitido. El Consejo de Estado aclaró que, según el artículo 302 del Código General del Proceso (CGP), solo la solicitud de aclaración o complementación suspende la ejecutoria, y no los incidentes de...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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