Consejo de Estado admite recurso extraordinario de revisión contra sentencia del Tribunal Administrativo del Atlántico
Proviene de: Sentencias
21 de noviembre de 2025 16:18:2
Competencia y naturaleza de la decisión
La providencia es un auto proferido por la Subsección B de la Sección Segunda del Consejo de Estado, en ejercicio de la función judicial contencioso-administrativa. Este despacho tiene competencia para conocer de recursos extraordinarios de revisión contra sentencias ejecutoriadas de tribunales administrativos, conforme al artículo 249 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA). El auto resuelve sobre la admisión del recurso extraordinario de revisión, etapa previa y necesaria para su estudio de fondo.Antecedentes fácticos y procesales
El recurso fue interpuesto contra la sentencia del Tribunal Administrativo del Atlántico, Sala de Decisión Oral, que revocó una decisión previa del Juzgado Administrativo del Circuito, en un proceso de nulidad y restablecimiento del derecho. La demanda original buscaba la declaración de nulidad de actos administrativos que negaron el reajuste de una mesada pensional desde el 1° de enero de 2000 con base en el porcentaje del incremento del salario mínimo, aplicando la norma convencional o legal más favorable, y el pago de los haberes reclamados. El recurso extraordinario de revisión fue presentado por la Procuraduría General de la Nación, representada por agentes del ministerio público, en ejercicio de su función constitucional de defensa del orden jurídico. La causal invocada está prevista en el numeral 5° del artículo 250 del CPACA: existencia de nulidad originada en sentencia que puso fin al proceso y contra la que no procede recurso de apelación. Inicialmente, el recurso fue inadmitido por falta de cumplimiento de requisitos formales. Sin embargo, tras un auto que concedió plazo para subsanación, la Procuraduría aportó la documentación...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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