Consejo de Estado decreta acumulación de procesos sobre nulidad de resolución de voto joven en elecciones locales
Proviene de: Sentencias
21 de noviembre de 2025 16:23:23
Contexto y antecedentes de la acumulación
La Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Quinta, del Consejo de Estado conoció dos demandas de nulidad interpuestas contra la Resolución 7607 del 26 de junio de 2025, expedida por la Registraduría Nacional del Estado Civil. Esta resolución adoptó medidas para garantizar el derecho al voto de los jóvenes entre 14 y 28 años para las elecciones de Consejos Municipales y Locales de Juventud realizadas el 19 de octubre de 2025. La primera demanda fue presentada por un partido político, que solicitó la nulidad de los artículos 1.º y 2.º de la resolución, argumentando que permitían a los jóvenes votar sin restricción territorial, es decir, en cualquier municipio del país, sin requerir domicilio o inscripción previa en la circunscripción electoral correspondiente. Según esta parte, esta disposición vulnera la Constitución Política y las leyes electorales que establecen la territorialidad como requisito esencial para el voto en elecciones locales, especialmente los artículos 316 de la Constitución, 76 del Decreto Ley 2241 de 1986 y el parágrafo primero del artículo 49 de la Ley 1622 de 2013. La segunda demanda fue presentada por ciudadanos en nombre propio, quienes solicitaron la nulidad parcial del artículo 1.º de la resolución, señalando que la Registraduría se habría extralimitado en sus funciones al permitir que los jóvenes votaran en el puesto de votación más cercano, sin respaldo en la normativa superior. Además, argumentaron que esto vulnera diversos artículos constitucionales, genera riesgos de suplantación y doble votación, y afecta principios como la transparencia, igualdad y moralidad en la función administrativa.Consideraciones jurídicas y fundamento de la...
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