Consejo de Estado admite demanda de nulidad electoral contra elección de magistrado de la Corte Constitucional
Proviene de: Sentencias
21 de noviembre de 2025 16:26:34
Competencia y naturaleza de la providencia
El Consejo de Estado, en su Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Quinta, profirió un auto de única instancia que admite la demanda de nulidad electoral contra el acto administrativo por medio del cual el Senado eligió al magistrado de la Corte Constitucional para el periodo 2025-2033. Esta competencia se soporta en los artículos 125.31 y 149.42 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA), junto con el Acuerdo 080 de 2019 modificado por el 434 de 2024 de la Sala Plena del Consejo de Estado.Antecedentes fácticos y procesales
Un grupo de demandantes presentó la acción electoral contra el acto de elección, sustentando su pretensión en dos cargos principales. Primero, la supuesta infracción de normas relacionadas con los principios de igualdad en el acceso a cargos públicos entre hombres y mujeres, así como la transparencia y equidad de género que deben regir la elección de altos cargos. Segundo, la presunta vulneración del principio de moralidad en la función pública, en particular la prohibición de prácticas que impliquen nombramientos, postulaciones o contrataciones que favorezcan a quienes posteriormente intervienen en la elección. Los demandantes argumentaron que el magistrado electo, durante su anterior cargo como Defensor del Pueblo (2020-2024), nombró y contrató a familiares de magistrados y senadores que participaron en la conformación de la terna y en la sesión plenaria donde fue elegido, lo que, a su juicio, vulneraría la doble prohibición constitucional expresada en el artículo 126. Además, señalaron un retroceso en la paridad de género dentro de la Corte Constitucional tras la elección, lo...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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