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Consejo de Estado admite demanda de nulidad electoral contra elección de magistrado de la Corte Constitucional

Proviene de: Sentencias

21 de noviembre de 2025 21:46:36

Tribunal e instancia procesal

La providencia fue emitida por la Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Quinta, del Consejo de Estado, en segunda instancia, mediante un auto admisorio de demanda. Este tipo de decisión es fundamental para iniciar formalmente el proceso judicial sobre nulidad electoral.

Antecedentes fácticos y procesales

La demanda de nulidad electoral fue presentada frente al acto de elección de un magistrado de la Corte Constitucional. El actor solicitó la nulidad del mencionado acto alegando posibles irregularidades en el proceso electoral que motivó dicha designación. La demanda fue radicada bajo los términos del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA), específicamente en los artículos 162, modificado por el artículo 35 de la Ley 2080 de 2021, y 166, que establecen los requisitos para la admisión de demandas en esta materia.

Consideraciones de la providencia

El Magistrado ponente verificó que la demanda cumplía con los requisitos legales para ser admitida, principalmente en cuanto a la presentación formal, los fundamentos invocados y la documentación anexa. En consecuencia, el Consejo de Estado resolvió admitir la demanda y ordenó una serie de notificaciones y diligencias para garantizar el debido proceso. Entre las medidas adoptadas se destacan:
  • Notificación personal al magistrado de la Corte Constitucional cuya elección se cuestiona, a través de medios electrónicos conforme a lo previsto en el CPACA.
  • Notificación al presidente del Senado de la República y al Ministerio Público, entidades con interés y competencia en el proceso electoral de magistrados.
  • Requerimiento al presidente del Senado para que allegue los antecedentes administrativos relacionados con el acto de elección demandado, en cumplimiento del artículo 175 del CPACA.
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