Consejo de Estado revoca suspensión provisional de tarifa del ICA en Popayán por controversia legal sobre competencia tributaria
Proviene de: Sentencias
21 de noviembre de 2025 16:49:4
Contexto y naturaleza de la decisión
La Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Cuarta del Consejo de Estado, ejerció su competencia para resolver un recurso de apelación interpuesto contra un auto que ordenó la suspensión provisional de un artículo del Acuerdo Municipal de Popayán que establecía la tarifa del ICA para servicios financieros. La providencia en cuestión es un auto judicial que revoca la medida cautelar previamente decretada por el Tribunal Administrativo del Cauca.Antecedentes fácticos y procesales
La Asociación Bancaria y de Entidades Financieras de Colombia solicitó la nulidad parcial del artículo 59 del Acuerdo 024 de 2021, mediante el cual el Concejo Municipal de Popayán fijó una tarifa del ICA del 15 por mil para actividades financieras. La demandante argumentó que esta tarifa excedía el límite del 14 por mil establecido para el Distrito Capital en normas previas y que la fijación de la tarifa no cumplió con los requisitos legales, en particular la iniciativa del alcalde para proponer tales modificaciones. El Tribunal Administrativo del Cauca, tras analizar el caso y basándose en precedentes jurisprudenciales, decretó la suspensión provisional de la norma, señalando que la tarifa del 15 por mil superaba la permitida para la jurisdicción del Distrito Capital y que no se justificó legalmente dicha diferencia. El Municipio de Popayán interpuso recurso de reposición y apelación, alegando que la norma se ajusta a la autonomía tributaria de las ciudades capitales reconocida en la Ley 2082 de 2021 y que no existía una ilegalidad evidente que justificara la suspensión provisional.Consideraciones jurídicas del Consejo de Estado
El Consejo de Estado recordó que, conforme al artículo...Más noticias sobre Derecho Tributario
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