Consejo de Estado confirma parcialmente nulidad de liquidaciones de aportes de la UGPP y ordena devolución de sumas indebidas
Proviene de: Sentencias
21 de noviembre de 2025 17:1:31
Providencia y tribunal que profiere la decisión
La sentencia de segunda instancia fue proferida por la Sección Cuarta de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, en el marco de un proceso de nulidad y restablecimiento del derecho. La providencia resuelve los recursos de apelación interpuestos contra la sentencia del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Cuarta, Subsección B, de mayo de 2025.Antecedentes fácticos y procesales
La UGPP emitió una liquidación oficial en abril de 2019, en la que determinó una deuda por mora e inexactitud en el pago de aportes al sistema de seguridad social correspondientes a los periodos de enero a diciembre de 2013, imponiendo además una sanción por inexactitud. Posteriormente, en agosto de 2020, resolvió el recurso de reconsideración presentando una reducción parcial de los valores determinados. En ejercicio del medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho, la parte demandante solicitó inicialmente la nulidad total de los actos administrativos mencionados y subsidiariamente la nulidad parcial con solicitud de restablecimiento del derecho, incluida la devolución de aportes pagados indebidamente. Entre los argumentos principales se señalaron errores en la digitación de formatos de nómina, presunción de días no laborados, problemas en la identificación de trabajadores, ajustes sobre personas sin vínculo laboral, y la falta de competencia de los funcionarios de la UGPP para expedir dichos actos.Consideraciones de la providencia
La Sala analizó varios aspectos:- Competencia de los funcionarios de la UGPP: Se confirmó que la UGPP cuenta con facultades legales para adelantar la fiscalización, determinación y cobro de las contribuciones parafiscales, así como para emitir requerimientos, liquidaciones oficiales y resolver recursos de reconsideración,...
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