Consejo de Estado declara impedimento de magistrado en proceso de nulidad y restablecimiento del derecho
Proviene de: Sentencias
21 de noviembre de 2025 17:5:41
Providencia judicial sobre impedimento de magistrado en segunda instancia
La Sala Cuarta de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, en calidad de tribunal de segunda instancia, emitió un auto mediante el cual declaró fundado el impedimento planteado por uno de sus magistrados para intervenir en un proceso de nulidad y restablecimiento del derecho. La manifestación de impedimento se presentó con base en el numeral 2° del artículo 141 del Código General del Proceso, que establece como causal la participación previa del juez en actuaciones en instancias anteriores del mismo proceso.Antecedentes fácticos y procesales
El asunto se originó a partir de una demanda interpuesta contra la Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Protección Social (UGPP), la cual fue admitida parcialmente mediante un auto interlocutorio. En dicha actuación, la Sala decidió admitir la demanda respecto a ciertas resoluciones impugnadas y rechazarla en relación con otra por no ser demandable ante la jurisdicción de lo contencioso administrativo. El magistrado que posteriormente manifestó impedimento había participado en la integración de la Sala que suscribió dicho auto interlocutorio, constituyendo así una actuación en instancia anterior.Consideraciones jurídicas del auto
El Consejo de Estado recordó que las causales de impedimento son taxativas y de aplicación restrictiva, constituyendo excepciones al ejercicio de la función jurisdiccional. Por ello, no pueden extenderse más allá de lo previsto por el legislador ni ser interpretadas de forma amplia por las partes o el juez. En este caso, la participación previa del magistrado en la decisión interlocutoria que admitió parcialmente la demanda configura una actuación en instancia anterior, conforme al...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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