Consejo de Estado ratifica nulidad parcial de liquidaciones de aportes a seguridad social en caso de trabajador independiente
Proviene de: Sentencias
21 de noviembre de 2025 17:14:7
Tribunal y naturaleza de la decisión
La Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Cuarta, del Consejo de Estado, emitió una sentencia de segunda instancia sobre el recurso de apelación interpuesto contra una sentencia del Tribunal Administrativo del Meta. La providencia judicial revisó la legalidad de dos decisiones administrativas de la UGPP relacionadas con la determinación de aportes a seguridad social y sanciones por omisión e inexactitud para el año 2014.Antecedentes fácticos y procesales
La UGPP expidió inicialmente una liquidación oficial en agosto de 2017, determinando un mayor aporte a seguridad social y sanciones para un trabajador independiente por no haber declarado correctamente sus ingresos y aportes durante 2014. Posteriormente, resolvió un recurso de reconsideración reduciendo parcialmente los valores, pero manteniendo la obligación de pago y las sanciones. El demandante impugnó ambas resoluciones solicitando su nulidad, el restablecimiento de derechos con la devolución de los aportes pagados junto con intereses, y la condena por daños morales y a la salud. Alegó que la UGPP desconoció los costos y deducciones declarados en su declaración de renta, que la base para cotizar debía calcularse sobre el 40% de la utilidad según el artículo 18 de la Ley 1122 de 2007, y que no existía una regulación clara para la determinación de la base de cotización para trabajadores independientes en 2014. La UGPP sostuvo que la obligación de cotizar estaba regulada para ese período, que no se acreditaron adecuadamente los costos y deducciones, y que la aplicación del artículo 18 de la Ley 1122 de 2007 no era procedente para trabajadores independientes sin contrato de prestación de servicios.Consideraciones...
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