Consejo de Estado dirime conflicto negativo de competencia sobre acción de tutela en caso de levantamiento de alerta roja vehicular
Proviene de: Sentencias
21 de noviembre de 2025 17:22:14
Contexto y antecedentes del caso
El conflicto surgió a raíz de la presentación de una acción de tutela por parte de un ciudadano en contra del Ministerio de Defensa Nacional y otras entidades, debido a la presunta vulneración de sus derechos fundamentales de petición y debido proceso. El reclamante solicitó a la Dirección de Investigación Criminal e Interpol (DIJIN) el levantamiento de una alerta roja sobre un vehículo de su propiedad, inmovilizado en Bogotá. A pesar de que un juzgado civil del circuito de Sincelejo ordenó el levantamiento de dicha medida, la Policía Nacional respondió inicialmente negando la solicitud por supuestas deficiencias en la documentación y, posterior a la subsanación, no atendió la petición de fondo. El litigio implicó la intervención del Juzgado Tercero Administrativo del Circuito de Bogotá y el Juzgado Tercero Administrativo Oral del Circuito de Sincelejo, generándose un conflicto negativo de competencia sobre cuál de estas autoridades era competente para conocer la acción de tutela.Trámite procesal y conflicto de competencia
El Juzgado Tercero Administrativo de Bogotá remitió inicialmente el asunto a los juzgados de Sincelejo, argumentando que la presunta vulneración ocurrió en ese distrito judicial. Por su parte, el Juzgado Tercero Administrativo Oral de Sincelejo se declaró incompetente, señalando que la vulneración se materializó en Bogotá, lugar de domicilio del accionante y donde se encuentra el vehículo. Ante esta discrepancia, el Consejo de Estado, mediante auto, asumió la resolución del conflicto negativo de competencia conforme a la Ley Estatutaria 270 de 1996 y jurisprudencia constitucional vigente, en particular el Auto 550 de 2018 de la Sala Plena de la Corte Constitucional.Consideraciones...
Más noticias sobre Derecho Administrativo
No se encontraron sugerencias