Sala de Casación Laboral declara desierto recurso por incumplimiento de término procesal
Proviene de: Sentencias
21 de noviembre de 2025 17:36:7
Contexto y tribunal competente
La providencia fue emitida por la Sala de Casación Laboral, instancia máxima en materia laboral dentro de la Corte Suprema de Justicia, en un proceso que llegó en segunda instancia. La decisión corresponde a un auto judicial dictado en noviembre de 2025, donde se resuelve sobre la admisibilidad de un recurso de casación interpuesto contra una sentencia previa del tribunal de origen.Antecedentes fácticos y procesales
El caso se originó en un conflicto laboral entre un particular y una entidad privada dedicada a servicios de salud cardiovascular. Tras la sentencia del tribunal de primera instancia, la parte interesada interpuso un recurso de casación, mecanismo jurídico que permite revisar decisiones judiciales para unificar la interpretación de la ley. Sin embargo, no presentó la demanda de casación dentro del término de traslado establecido, incumpliendo así un requisito esencial para la procedencia del recurso.Consideraciones jurídicas y fundamento de la decisión
La Sala de Casación Laboral aplicó rigurosamente lo dispuesto en el artículo 65 del Decreto 528 de 1964, norma que regula los términos procesales para la presentación de recursos en materia laboral. Según esta disposición, el incumplimiento del término para interponer la demanda de casación implica la pérdida de la posibilidad de que el recurso sea tramitado y resuelto. En consecuencia, la Sala declaró desierto el recurso de casación, lo que significa que no se estudiará el fondo del asunto ni se modificará la decisión del tribunal de origen. Además, se ordenó devolver el expediente al tribunal que emitió la sentencia inicial para que continúe con la ejecución o trámite correspondiente. La providencia concluye con...Más noticias sobre Derecho Laboral
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