Corte Suprema modifica fallo sobre reconocimiento de pensión y mora patronal en el Municipio de Prado
Proviene de: Sentencias
21 de noviembre de 2025 18:5:10
Contexto y tribunal competente
La providencia judicial analizada corresponde a un auto emitido por la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia, en segunda instancia y en trámite de impugnación de una acción de tutela. La tutela fue inicialmente fallada por la Sala Laboral del Tribunal Superior de Ibagué, que concedió la protección de derechos fundamentales a una ciudadana que reclamaba el reconocimiento de su pensión de vejez y el pago de aportes adeudados por el Municipio de Prado.Antecedentes fácticos y procesales
La accionante, con 61 años y diagnosticada con un cáncer de mama, laboró en distintos períodos entre 1990 y 2012 para el Municipio de Prado. Sin embargo, el municipio adeudaba aportes de cotización de varios años, específicamente de 1997 a 2002 y de 2004. La administradora de pensiones, tras el traslado de afiliación desde un régimen privado al público, negó la pensión argumentando semanas insuficientes acreditadas, sin tener en cuenta las semanas certificadas por el municipio correspondientes a los períodos con mora patronal. En la acción de tutela, la ciudadana alegó la vulneración de sus derechos fundamentales al debido proceso, mínimo vital, seguridad social, igualdad y dignidad humana, solicitando que se ordenara la corrección de su historia laboral y el reconocimiento de la pensión, además del pago de los aportes pendientes por parte del municipio.Consideraciones principales de la providencia
La Sala Laboral del Tribunal Superior de Ibagué concedió la tutela y ordenó al municipio solicitar a Colpensiones el estado de cuenta y la liquidación de los valores adeudados, para que posteriormente se efectuara el pago y se corrigiera...Más noticias sobre Derecho Laboral
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