Contexto y referencia normativa
El proyecto de decreto, anunciado en 2025 por el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, tendría como objetivo modificar parcialmente el Decreto 2367 de 2019. Este último fue expedido para dar cumplimiento a los compromisos arancelarios adquiridos por Colombia en el marco de la expansión del Acuerdo sobre Tecnología de la Información (ATI) de la Organización Mundial del Comercio (OMC). La expansión del acuerdo fue adoptada en la X Conferencia Ministerial de la OMC en diciembre de 2015, y Colombia se comprometió a una reducción progresiva de aranceles para productos relacionados con tecnología de la información.
Tema principal y propósito del proyecto
El proyecto buscaría corregir una omisión detectada en el Decreto 2367 de 2019, en la cual siete subpartidas arancelarias nacionales incluidas en las listas notificadas ante la OMC no fueron incorporadas en el decreto. Esta omisión podría generar un riesgo de incumplimiento parcial de los compromisos internacionales de Colombia y afectar la seguridad jurídica para los operadores de comercio exterior. Por ello, el proyecto tendría como propósito incluir estas subpartidas sin modificar los plazos ni compromisos ya cumplidos.
Modificaciones propuestas
El artículo 1 del proyecto de decreto modificaría el listado de subpartidas arancelarias del Decreto 2367 de 2019 para incluir siete subpartidas relacionadas con discos magnéticos de anchura superior a 6,5 mm y otros discos magnéticos, con un arancel consolidado del 14% que se reduciría a 0% de forma progresiva desde 2019 hasta 2023, conforme al cronograma de desgravación ya ejecutado por Colombia. Se indicaría que estas subpartidas se regirían por las mismas condiciones y compromisos establecidos en el decreto original, sin que esta inclusión implique la apertura de un nuevo cronograma de desgravación.
Acciones y disposiciones previstas
La inclusión de las subpartidas arancelarias omitidas garantizaría la coherencia normativa y el cumplimiento de las obligaciones internacionales del país en el marco de la OMC. El decreto entraría a regir quince (15) días después de su publicación en el Diario Oficial, modificando parcialmente el artículo 1 del Decreto 2367 de 2019, mientras que las demás disposiciones permanecerían vigentes sin cambios.
Participación de actores clave
El proyecto habría sido recomendado por el Comité de Asuntos Aduaneros, Arancelarios y de Comercio Exterior en su sesión número 377 celebrada el 15 de julio de 2025. Además, para dar cumplimiento a la normatividad vigente sobre participación ciudadana, el proyecto se sometería a consulta pública por un término de quince (15) días calendario, buscando garantizar la participación de los interesados en el proceso de elaboración normativa.
Información adicional y participación ciudadana
La ciudadanía podría acceder al texto completo del proyecto de decreto a través de los canales oficiales del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo. Durante el periodo de consulta pública, que se desarrollaría entre fechas aún por definir en 2025, se habilitarían mecanismos para recibir comentarios y observaciones de la sociedad, con el fin de enriquecer el proceso de ajuste normativo.
| Subpartida arancelaria |
Descripción del producto |
Arancel consolidado (%) |
2019 |
2020 |
2021 |
2022 |
2023 |
| 8523.29.22.90 |
Los demás discos magnéticos |
14 |
14 |
0 |
0 |
0 |
0 |
| 8523.29.31.20 |
Discos magnéticos, de anchura superior a 6,5 mm, de enseñanza |
14 |
14 |
0 |
0 |
0 |
0 |
| 8523.29.31.90 |
Los demás discos magnéticos, de anchura superior a 6,5 mm |
14 |
14 |
0 |
0 |
0 |
0 |
| 8523.29.32.20 |
Discos magnéticos, de anchura superior a 6,5 mm, de enseñanza |
14 |
14 |
0 |
0 |
0 |
0 |
| 8523.29.32.90 |
Los demás discos magnéticos, de anchura superior a 6,5 mm |
14 |
14 |
0 |
0 |
0 |
0 |
| 8523.29.33.20 |
Discos magnéticos, de anchura superior a 6,5 mm, de enseñanza |
14 |
14 |
0 |
0 |
0 |
0 |
| 8523.29.33.90 |
Los demás discos magnéticos, de anchura superior a 6,5 mm |
14 |
14 |
0 |
0 |
0 |
0 |
En conclusión, esta iniciativa busca asegurar la plena coherencia de la normativa colombiana con los compromisos internacionales asumidos, fortaleciendo la seguridad jurídica y facilitando el comercio exterior en el sector tecnológico. La participación ciudadana y de los actores interesados será clave para enriquecer el proceso y garantizar que las modificaciones respondan a las necesidades del país.