Contexto y alcance del proyecto
El proyecto de decreto, anunciado en 2025 por el Ministerio del Trabajo, buscaría modificar y complementar el Decreto 1072 de 2015, conocido como el Decreto Único Reglamentario del Sector Trabajo. Esta iniciativa respondería a la necesidad de establecer criterios claros para que la autoridad laboral pueda identificar y sancionar prácticas ilegales relacionadas con la tercerización y la intermediación laboral, en concordancia con la Ley 1610 de 2013 y otras disposiciones legales recientes, como la Ley 2466 de 2025.
El decreto también tendría en cuenta la evolución jurisprudencial reciente sobre el tema, que ha precisado conceptos y límites relacionados con la tercerización laboral, con especial énfasis en proteger tanto los derechos individuales como colectivos, incluyendo la libertad sindical y la negociación colectiva.
Propósito principal y grupos afectados
Este proyecto de decreto tendría como propósito principal reglamentar de manera detallada la tercerización e intermediación laboral ilegal para evitar la vulneración de los derechos laborales. Estaría dirigido a empleadores, contratistas, subcontratistas, cooperativas, sindicatos y empresas de servicios temporales, así como a las autoridades encargadas de la inspección, vigilancia y control en el sector laboral.
Se buscaría proteger a los trabajadores y trabajadoras frente a prácticas que encubran la verdadera relación laboral, y reforzar la responsabilidad solidaria entre contratantes y contratistas.
Medidas y regulaciones propuestas
Entre las medidas más relevantes que introduciría el proyecto de decreto, se encontrarían:
- Definiciones claras sobre tercerización laboral, tercerización ilegal, intermediación laboral, intermediación ilegal, y otras figuras relacionadas.
- Establecimiento de indicios y presunciones de tercerización laboral ilegal, basados en criterios objetivos como la falta de estructura productiva propia, subordinación directa a la empresa beneficiaria, uso de sistemas automatizados de supervisión (gestión algorítmica), entre otros.
- Regulación específica para el uso del contrato sindical como modalidad de tercerización, incluyendo la obligación de consultar a los trabajadores afiliados mediante votación libre y secreta para validar su participación voluntaria.
- Restricciones y límites para la intermediación laboral a través de empresas de servicios temporales, prohibiendo que estas cubran necesidades permanentes de las empresas usuarias, con límites temporales y porcentuales de personal en misión.
- Medidas preventivas y correctivas que las autoridades judiciales y administrativas podrían ordenar para cesar la vulneración de derechos laborales, como la vinculación directa de personal, regularización de condiciones laborales y suspensión temporal de actividades.
- Imposición de sanciones económicas y administrativas, incluyendo multas sucesivas de hasta cinco mil salarios mínimos legales mensuales vigentes, revocatoria o suspensión de licencias a empresas de servicios temporales, y posibles incrementos en multas por reincidencia.
- Responsabilidad solidaria de la empresa usuaria con la empresa de servicios temporales en caso de intermediación ilegal.
- Disposiciones para la disolución y liquidación de cooperativas o precooperativas de trabajo asociado que incurran en intermediación ilegal, con la cancelación de su personería jurídica por parte de la Superintendencia de la Economía Solidaria.
Participación de actores clave
El proyecto contemplaría la participación fundamental del Ministerio del Trabajo, encargado de la inspección, vigilancia y sanción en materia laboral. Asimismo, la Superintendencia de la Economía Solidaria tendría un papel en la supervisión y control de las cooperativas y precooperativas de trabajo asociado.
Los empleadores, contratistas, subcontratistas, sindicatos, empresas de servicios temporales y trabajadores estarían directamente afectados por las disposiciones del decreto, que regularía sus relaciones laborales y contractuales.
Acceso al proyecto y participación ciudadana
En caso de publicarse el texto completo del proyecto de decreto, la ciudadanía y los interesados podrían acceder a él a través de los canales oficiales del Ministerio del Trabajo. Además, el proceso de elaboración podría incluir un periodo para recibir comentarios y observaciones, cuyos detalles serían anunciados oportunamente por la entidad, permitiendo así la participación ciudadana en la toma de decisiones.
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Este proyecto de decreto, aun en etapa de propuesta, representaría un esfuerzo normativo importante para fortalecer la regulación en materia de tercerización e intermediación laboral en Colombia, buscando garantizar el respeto a los derechos laborales y la formalización del empleo. Se espera que, tras el proceso de consulta pública y ajustes correspondientes, el decreto contribuya a minimizar las prácticas ilegales que afectan a los trabajadores y a promover un mercado laboral más justo y transparente.