Consejo de Estado confirma responsabilidad patrimonial del Ejército Nacional por ejecución extrajudicial en Antioquia
Proviene de: Sentencias
24 de noviembre de 2025 18:6:12
Providencia judicial en segunda instancia del Consejo de Estado
La Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Tercera - Subsección B, del Consejo de Estado, en ejercicio de su competencia en segunda instancia, dictó sentencia el 17 de octubre de 2025, resolviendo los recursos de apelación interpuestos contra una decisión del Tribunal Administrativo de Antioquia, Sala Quinta de Decisión, del 21 de noviembre de 2018.Antecedentes fácticos y procesales
El proceso se originó por la demanda presentada en 2008 por familiares directos y allegados de un ciudadano que fue abatido por miembros del Ejército Nacional en un operativo militar en una zona rural del municipio de Antioquia en enero de 2007. Se solicitó declarar la responsabilidad patrimonial extracontractual de la Nación – Ministerio de Defensa – Ejército Nacional, y la indemnización por perjuicios morales, materiales y daño a la vida de relación derivados de la muerte violenta. El Tribunal Administrativo de Antioquia accedió parcialmente a las pretensiones, reconociendo la falla en el servicio por parte de la autoridad demandada y condenando al Ejército Nacional a pagar indemnizaciones por perjuicios morales y lucro cesante a ciertos familiares directos de la víctima. Ambas partes apelaron la decisión.Consideraciones de la Sala y razones de la decisión
La Sala de segunda instancia confirmó la responsabilidad patrimonial extracontractual del Ejército Nacional, concluyendo que la muerte del ciudadano fue consecuencia directa de un accionar irregular por parte de efectivos militares que utilizaron armas oficiales para abatirlo sin mediar juicio ni legítima defensa. La decisión se fundamentó en:- La prueba pericial y testimonial que estableció que la víctima fue ejecutada por miembros del Ejército Nacional.
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