Consejo de Estado admite demanda contra resoluciones sobre registro de marca ONVIF en única instancia
Proviene de: Sentencias
24 de noviembre de 2025 12:24:57
Tribunal y naturaleza de la decisión
La providencia fue proferida por la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, en calidad de tribunal de única instancia para este tipo de procesos, conforme a lo establecido en la Ley 2080 de 2021. Se trata de un auto interlocutorio que admite a trámite la demanda presentada por una persona jurídica interesada en la nulidad y restablecimiento del derecho contra resoluciones administrativas.Antecedentes fácticos y procesales
La sociedad demandante presentó una demanda contra cuatro resoluciones expedidas por la Superintendencia de Industria y Comercio en 2021. Dos de dichas resoluciones negaron el registro de los signos nominativo y mixto “ONVIF” para productos y servicios clasificados en las clases 9 y 42 de la Clasificación Internacional de Niza, tras resolver una oposición al registro. Las otras dos resoluciones también estaban relacionadas con solicitudes de registro de marca. Inicialmente, el Despacho inadmitió la demanda por incumplimiento de requisitos legales, decisión que fue confirmada en una providencia posterior. Sin embargo, mediante recurso de reposición y súplica, la Sala revocó parcialmente la inadmisión para las resoluciones que negaron el registro de la marca “ONVIF”, ordenando que se provea sobre la admisión de la demanda respecto a estas resoluciones. La parte demandante cumple con los requisitos formales establecidos en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA).Consideraciones principales del auto interlocutorio
El Consejo de Estado, con fundamento en el artículo 86 de la Ley 2080 de 2021 y los artículos 162 a 166 del CPACA, admitió la demanda dirigida a obtener la nulidad de las...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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