Consejo de Estado confirma legalidad de la norma sobre audiencias en licitaciones del Decreto 1082 de 2015
Proviene de: Sentencias
24 de noviembre de 2025 12:33:39
Contexto y competencia del tribunal
La Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Tercera, Subsección B del Consejo de Estado, con competencia para conocer la nulidad de actos administrativos expedidos por autoridades del orden nacional, conoció en única instancia la demanda contra el citado artículo del Decreto 1082 de 2015, norma reglamentaria del sector administrativo de planeación nacional. La demanda fue presentada contra la Nación, representada por el Departamento Administrativo de Planeación Nacional (DNP).Antecedentes fácticos y procesales
Las demandantes solicitaron la nulidad parcial del inciso primero del artículo demandado, argumentando que contraviene el ordinal 4º del artículo 30 de la Ley 80 de 1993 y el artículo 4º de la Ley 1150 de 2007. Las leyes establecen que las audiencias de aclaración de pliegos y de asignación de riesgos deben realizarse de manera separada, en momentos distintos del proceso de licitación. En cambio, el decreto permite que, a solicitud de un interesado, la audiencia de aclaración se realice conjuntamente con la de asignación de riesgos, esta última de carácter obligatorio. El DNP y el Departamento Administrativo de la Presidencia de la República (DAPRE) defendieron la legalidad del acto, señalando que la norma no vulnera la ley, pues la realización conjunta de ambas audiencias es posible cuando lo solicite un interesado y no afecta la obligatoriedad ni el contenido de la audiencia de riesgos. Durante el proceso, se negó la suspensión provisional solicitada por las demandantes y se otorgó trámite para sentencia anticipada. El Ministerio Público recomendó declarar la cosa juzgada parcial por un precedente jurisprudencial reciente.Consideraciones jurídicas y decisión
La Sala declaró la excepción de cosa...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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