Consejo de Estado revoca sentencia y declara responsabilidad objetiva del Ejército Nacional por muertes causadas con arma de dotación oficial
Proviene de: Sentencias
24 de noviembre de 2025 12:53:47
Providencia y competencia jurisdiccional
La Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Tercera, Subsección B del Consejo de Estado, profirió un auto mediante el cual resolvió un recurso de apelación contra la sentencia del 5 de junio de 2018 dictada por la Sala Transitoria del Tribunal Administrativo del Meta. En primera instancia, este tribunal había negado las pretensiones de indemnización por responsabilidad patrimonial del Estado. El Consejo de Estado es competente para decidir en segunda instancia sobre esta materia, pues se trata de un recurso interpuesto contra una sentencia administrativa.Antecedentes fácticos y procesales
El proceso acumuló dos demandas presentadas por familiares de dos particulares que fallecieron el 22 de abril de 2010 en Villavicencio, a causa de disparos hechos con un arma de dotación oficial del Ejército Nacional. El agente responsable fue un soldado profesional en servicio activo que, en el día de los hechos, se desempeñaba como escolta y portaba la pistola asignada oficialmente para sus funciones. Se alega que el soldado ingresó a la residencia de una de las víctimas y causó la muerte de ambas personas, para luego suicidarse con la misma arma. Las demandas reclamaron la responsabilidad administrativa y patrimonial del Ejército Nacional con base en el daño causado por el arma oficial bajo su guarda jurídica. Se solicitaron indemnizaciones por perjuicios morales, materiales, daño emergente y lucro cesante para los familiares directos y colaterales de las víctimas. En primera instancia, el Tribunal Administrativo del Meta negó la responsabilidad del Ejército, argumentando que los hechos ocurrieron en la esfera privada del agente y carecían de vínculo causal con el servicio.Consideraciones...
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