Consejo de Estado confirma legalidad del cobro anticipado de contribución especial para servicios públicos en 2024
Proviene de: Sentencias
28 de noviembre de 2025 15:21:37
Providencia y tribunal que la profiere
La decisión objeto de análisis corresponde a una sentencia de única instancia proferida por la Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Cuarta del Consejo de Estado. Esta providencia resuelve la demanda de nulidad simple interpuesta contra los artículos 1 y 3 de la Resolución 20231000790935 del 1 de diciembre de 2023, emitida por la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios (SSPD), entidad encargada de la inspección, vigilancia y control del sector.Antecedentes fácticos y procesales
La Superintendencia expidió la mencionada resolución para establecer un mecanismo de cobro anticipado, denominado "primer pago", correspondiente al 60% del valor de la contribución especial del año 2023, condicionando su exigibilidad a la firmeza de la liquidación de dicho año. Además, estableció plazos diferenciados para el pago según la firmeza de las liquidaciones. Un particular presentó demanda solicitando la nulidad de dichos artículos, argumentando violaciones constitucionales y legales, entre ellas la falta de motivación, la omisión de etapas procesales para la impugnación, la vulneración de principios como la proporcionalidad, la buena fe y la seguridad jurídica, y la inexistencia de respaldo legal para la determinación del porcentaje del 60%. La SSPD contestó la demanda solicitando negar las pretensiones, defendiendo la constitucionalidad y legalidad del acto administrativo y su adecuada motivación.Consideraciones de la providencia
El Consejo de Estado examinó los argumentos y destacó que la facultad para establecer la contribución especial y sus mecanismos de recaudo se encuentra prevista en la Constitución Política, la Ley 142 de 1994 y el Decreto 1369 de 2020. En particular, el artículo 79.4 de la Ley 142 de 1994 faculta...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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