Consejo de Estado confirma nulidad parcial de liquidaciones por aportes a la seguridad social y ordena reliquidación a UGPP
Proviene de: Sentencias
28 de noviembre de 2025 15:25:45
Contexto y tribunal competente
La providencia en cuestión es una sentencia de segunda instancia dictada por la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, con ponencia de una magistrada designada para el caso. La decisión resuelve recursos de apelación interpuestos contra una sentencia previa del Tribunal Administrativo de Cundinamarca que había declarado la nulidad parcial de dos actos administrativos expedidos por la UGPP.Antecedentes fácticos y procesales
La UGPP profirió en junio de 2020 una liquidación oficial a la sociedad demandante, relacionada con aportes al sistema de seguridad social correspondientes al año 2016, imponiendo sanciones por inexactitud y mora. Posteriormente, en agosto de 2021, modificó dicha liquidación tras resolver un recurso de reconsideración. La empresa interpuso demanda de nulidad y restablecimiento del derecho, argumentando, entre otros aspectos, falta de motivación de los actos administrativos, inclusión indebida de pagos no salariales en la base de cotización, y falta de competencia de la UGPP para determinar la naturaleza salarial de ciertos conceptos. El Tribunal Administrativo de Cundinamarca, en primera instancia, declaró la nulidad parcial de las resoluciones, ordenó una nueva liquidación con ajustes en torno a determinados conceptos salariales y no salariales, y negó el reconocimiento de perjuicios y la condena en costas.Consideraciones y fundamentos de la sentencia del Consejo de Estado
El Consejo de Estado confirmó la decisión de primera instancia y se pronunció sobre los principales aspectos en disputa:- Falta de motivación: Se consideró que los actos administrativos están debidamente motivados al incluir antecedentes, marco legal, análisis y archivos complementarios que detallan los ajustes realizados para cada trabajador y subsistema...
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