Consejo de Estado confirma nulidad de contribución adicional de aseo para 2020
Proviene de: Sentencias
28 de noviembre de 2025 15:27:7
Contexto y tribunal competente
La providencia fue proferida por la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, en Bogotá, como parte del recurso de apelación presentado contra una sentencia del Tribunal Administrativo de Cundinamarca. El proceso se originó tras la demanda presentada en contra de la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios (SSPD) por una empresa prestadora del servicio de aseo, que impugnó la legalidad de la liquidación y resoluciones relacionadas con la contribución adicional para la vigencia 2020.Antecedentes fácticos y procesales
La SSPD emitió una Liquidación Adicional en septiembre de 2020, determinando un valor cercano a los $784 millones por concepto de contribución adicional correspondiente a ese año, amparada en el artículo 314 de la Ley 1955 de 2019 y en la Resolución SSPD 20201000033335 de agosto de 2020, que definía la base gravable del tributo. La empresa demandante presentó recursos administrativos de reposición y apelación, los cuales fueron negados por la autoridad. Posteriormente, se interpuso demanda de nulidad y restablecimiento del derecho ante la jurisdicción contencioso administrativa, aduciendo la violación de principios constitucionales, especialmente el principio de irretroactividad tributaria, y la pérdida de fundamento jurídico del acto administrativo por la declaración de inexequibilidad del artículo 314 de la Ley 1955 de 2019 por parte de la Corte Constitucional.Consideraciones jurídicas de la Sala
El Consejo de Estado analizó la cuestión central acerca de la procedencia de la liquidación y cobro de la contribución adicional para 2020, en el marco de las sentencias constitucionales que declararon la inexequibilidad de la norma que la sustentaba. La demanda argumentó que la...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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