ADRES modifica condiciones para reconocimiento y pago de pruebas COVID-19 en Colombia
Proviene de: Resoluciones
2 de diciembre de 2025 0:45:54
Entidades y contexto normativo
La Resolución 0160881 de 2025, publicada en el Diario Oficial No. 53.317 el 27 de noviembre de 2025, fue emitida por la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud (ADRES), entidad adscrita al Ministerio de Salud y Protección Social. Esta resolución modifica disposiciones anteriores relacionadas con el reconocimiento y pago de las pruebas de COVID-19, en especial la Resolución 61289 de 2024. El marco legal que sustenta esta decisión incluye el Decreto número 1429 de 2016, el Decreto Legislativo 538 de 2020 y sus adiciones, así como las resoluciones ministeriales 1463 y 2461 de 2020, que establecieron las canastas de servicios y tecnologías en salud financiadas con recursos adicionales para la atención de la pandemia.Objeto y destinatarios
La resolución regula el proceso mediante el cual la ADRES reconoce y paga a las Entidades Promotoras de Salud (EPS) y demás operadores del sistema (EOC) por las pruebas de búsqueda, tamizaje y diagnóstico de COVID-19 realizadas entre el 17 de marzo de 2020 y el 30 de junio de 2022, periodo en el que estuvo vigente la emergencia sanitaria declarada por el Ministerio de Salud y Protección Social. Los destinatarios principales son las EPS y EOC, quienes deben reportar la información requerida para el reconocimiento económico de las pruebas. Esta regulación es relevante para garantizar que los recursos públicos destinados al sistema de salud se gestionen con transparencia, eficiencia y respeto al debido proceso.Decisiones y regulaciones principales
Entre las modificaciones más importantes destacan:- Herramienta tecnológica para reporte: La ADRES dispone una plataforma digital donde las EPS/EOC deben presentar la...
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