Consejo de Estado ordena medidas para mitigar contaminación por vertimientos en Soledad
Proviene de: Sentencias
4 de diciembre de 2025 11:29:3
Competencia y naturaleza de la decisión
La Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Primera, del Consejo de Estado, en ejercicio de su competencia en segunda instancia, profirió sentencia el 23 de octubre de 2025, sobre los recursos de apelación interpuestos contra la decisión del Tribunal Administrativo del Atlántico del 23 de septiembre de 2024, en una acción popular que busca la protección de derechos colectivos relacionados con el ambiente y servicios públicos.Antecedentes fácticos y procesales
La acción popular fue promovida por un ciudadano que denunció el vertimiento directo e inadecuado de aguas residuales en los arroyos El Platanal y El Salao, ubicados en el municipio de Soledad, generando contaminación ambiental y afectaciones a la salud pública en comunidades aledañas. Según la demanda, barrios subnormales carecen de redes de alcantarillado, lo que provoca el vertimiento sin tratamiento de aguas servidas en dichos cuerpos hídricos. Asimismo, se señaló la continuidad del cobro de tarifas por parte de la empresa concesionaria de servicios públicos domiciliarios, pese a la deficiente prestación del servicio. Durante el proceso, el municipio de Soledad, el Departamento del Atlántico, la empresa concesionaria de servicios públicos y la Corporación Autónoma Regional del Atlántico (CRA) presentaron sus alegatos. El municipio negó su responsabilidad directa en la prestación del servicio, atribuyendo esta función a la empresa concesionaria y a entidades ambientales. La empresa concesionaria argumentó que su responsabilidad se limita a la infraestructura entregada en concesión y que los vertimientos provienen de zonas no cubiertas por su servicio. La CRA reconoció haber ejecutado obras de canalización pero alegó falta de denuncias formales para intervenir con...Más noticias sobre Medio Ambiente
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