Consejo de Estado declara falta de competencia para resolver conflicto administrativo sobre protección de menor en Bogotá
Proviene de: Sentencias
4 de diciembre de 2025 11:38:17
Contexto y antecedentes procesales
La decisión emanó de la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado, en el marco de un conflicto negativo de competencias administrativas presentado entre dos autoridades de familia en Bogotá: la Defensoría de Familia del Centro Zonal Los Mártires y la Comisaría Catorce de Familia de Los Mártires. El conflicto surgió en torno a la competencia para conocer y continuar un Proceso Administrativo de Restablecimiento de Derechos (PARD) iniciado en favor de una menor víctima de presunto abuso sexual. Los antecedentes fácticos comprenden dos procesos administrativos distintos: uno relacionado con medidas de protección por presunta violencia intrafamiliar, concluido y confirmado en segunda instancia, y otro por presunto abuso sexual, que se encuentra en la etapa inicial del PARD. El conflicto se centró en la competencia para continuar con este segundo proceso, generado por una remisión entre autoridades administrativas basada en una interpretación legal controvertida.Consideraciones jurídicas de la Sala
La Sala analizó el asunto con base en las disposiciones del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (Ley 1437 de 2011, modificado por la Ley 2080 de 2021), el Código de la Infancia y la Adolescencia (Ley 1098 de 2006, modificado por la Ley 1878 de 2018), y el Código General del Proceso (Ley 1564 de 2012). El auto enfatizó que:- El conflicto negativo de competencias entre autoridades administrativas en la etapa inicial de un PARD debe ser resuelto por el juez de familia competente, conforme al parágrafo 3º del artículo 99 de la Ley 1098 de 2006, introducido por la Ley 1878 de 2018.
- La competencia...
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