Consejo de Estado se abstiene de resolver conflicto negativo de competencias entre UGPP y Ministerio de Salud sobre cuotas partes pensionales
Proviene de: Sentencias
4 de diciembre de 2025 11:41:5
Contexto y tribunal
La providencia fue emitida por la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado, instancia encargada de dirimir conflictos negativos de competencias administrativas según lo previsto en la Ley 1437 de 2011 y sus reformas. El caso fue radicado en agosto de 2025, en el marco de una controversia entre la UGPP y el Ministerio de Salud y Protección Social.Antecedentes fácticos y procesales
El conflicto surgió a partir de la solicitud de pago de cuotas partes pensionales relacionadas con el reconocimiento de una pensión vitalicia otorgada por una universidad distrital a una beneficiaria que laboró en varias entidades públicas. Las cuotas partes corresponden a períodos laborales en los cuales algunas entidades estaban afiliadas a la extinta Caja Nacional de Previsión Social (Cajanal). En 2012, durante el proceso de liquidación de Cajanal, se emitió una resolución que reconoció parcialmente los derechos de recobro por cuotas partes pensionales a favor de diversas entidades, asignando el pago de dichas obligaciones al Fondo de Pensiones Públicas del Nivel Nacional (FOPEP). Posteriormente, la universidad remitió cuentas de cobro por cuotas partes pendientes, tanto a la UGPP como al Ministerio de Salud, generándose la disputa sobre cuál entidad debía asumir el pago. La UGPP devolvió las cuentas de cobro al Ministerio de Salud argumentando que solo gestionaba cuotas partes causadas o consultadas a partir del 8 de noviembre de 2011, mientras que las anteriores correspondían al Ministerio. Por su parte, el Ministerio sostuvo que la UGPP debía asumir todas las obligaciones misionales de la extinta Cajanal, incluyendo las cuotas partes anteriores a dicha fecha. Ante esta...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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