Consejo de Estado declara nulidad en proceso de tutela por falta de integración del contradictorio
Proviene de: Sentencias
4 de diciembre de 2025 11:59:13
Contexto y alcance de la decisión
La Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Primera del Consejo de Estado, en un auto interlocutorio fechado el 5 de noviembre de 2025, resolvió una solicitud de nulidad presentada por la Dirección Ejecutiva de Administración Judicial. La providencia responde a una acción de tutela interpuesta contra una decisión del Tribunal Administrativo del Valle del Cauca, en el marco de un proceso de reparación directa. El accionante alegó vulneración de derechos fundamentales como la igualdad, el debido proceso y el acceso a la administración de justicia. En primera instancia, la tutela fue admitida, pero posteriormente declarada improcedente por falta de relevancia constitucional. Tras impugnación del actor, el caso fue remitido a segunda instancia en el Consejo de Estado.Antecedentes procesales y hechos relevantes
El proceso inició con la admisión de la tutela en abril de 2025, notificándose a las partes y a terceros interesados, entre ellos entidades estatales y personas con interés legítimo. Sin embargo, en septiembre de 2025, el Despacho encargado advirtió la posible causal de nulidad debido a que no se había integrado correctamente el contradictorio: algunos interesados, que habían sido parte en el proceso de reparación directa, no fueron notificados ni vinculados en la acción de tutela. La Dirección Ejecutiva de Administración Judicial solicitó formalmente la nulidad de todo lo actuado desde la admisión de la tutela, argumentando la falta de notificación conforme a las normas procesales vigentes.Fundamentos jurídicos de la nulidad
La providencia se fundamenta principalmente en el artículo 133, numeral 8, del Código General del Proceso, que establece como causal de nulidad la falta de notificación...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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