Consejo de Estado declara improcedente tutela contra providencia del Tribunal Administrativo del Huila sobre subsidio familiar a soldados profesionales
Proviene de: Sentencias
4 de diciembre de 2025 12:38:36
Providencia y tribunal de origen
La decisión corresponde a una sentencia proferida por la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, en segunda instancia constitucional, sobre la impugnación de una acción de tutela contra un fallo judicial del Tribunal Administrativo del Huila. La tutela fue interpuesta contra la sentencia de dicho tribunal que negó el reconocimiento del subsidio familiar bajo el régimen del artículo 11 del Decreto 1794 de 2000.Antecedentes fácticos y procesales
Un soldado profesional del Ejército Nacional solicitó el reconocimiento del subsidio familiar, previsto en el Decreto 1794 de 2000, el cual había sido derogado por el Decreto 3770 de 2009. Sin embargo, mediante sentencia del Consejo de Estado en 2017 se declaró la nulidad con efectos ex tunc del Decreto 3770, lo que implicaba la vigencia retroactiva del subsidio familiar. No obstante, el soldado no reportó oportunamente su cambio de estado civil (matrimonio contraído en 2012) al Ejército Nacional, requisito establecido en la normativa para acceder al subsidio. El soldado interpuso demanda de nulidad y restablecimiento del derecho contra la negativa de la entidad, el Juzgado Administrativo de Neiva accedió a sus pretensiones, pero el Tribunal Administrativo del Huila revocó esta decisión en apelación, negando el derecho al subsidio familiar con base en la falta de reporte oportuno del cambio de estado civil según el Decreto 1794 de 2000. Contra esta última decisión, el soldado interpuso acción de tutela alegando vulneración de varios derechos fundamentales.Consideraciones jurídicas y razón principal de la decisión
El Consejo de Estado analizó el cumplimiento de los requisitos para la procedencia...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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