Consejo de Estado ampara derecho al debido proceso frente a mora judicial en Tribunal Administrativo del Valle del Cauca
Proviene de: Sentencias
4 de diciembre de 2025 12:48:26
Contexto y tribunal competente
La decisión fue adoptada por la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, en primera instancia, en el marco de una acción de tutela interpuesta contra la Sala Transitoria del Tribunal Administrativo del Valle del Cauca. El proceso judicial objeto de análisis corresponde a un medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho, radicado desde 2019 y que presentaba una notable demora en su trámite.Antecedentes fácticos y procesales
El accionante promovió en 2019 demanda contra la Nación, representada por la Procuraduría General, para solicitar la nulidad de un acto administrativo que negó el reconocimiento y reajuste de una bonificación judicial. El asunto fue asignado inicialmente a un juzgado, pero por razones de competencia y posteriores impedimentos de los magistrados, el expediente fue trasladado al Tribunal Administrativo del Valle del Cauca y posteriormente a su Sala Transitoria. A lo largo del trámite se registraron impedimentos de magistrados, designación de conjueces, admisión de la demanda y contestación por parte de la Procuraduría. Sin embargo, pese a estas actuaciones, el proceso no ha avanzado hacia la fijación de audiencia inicial ni sentencia anticipada, acumulando una mora judicial de más de seis años.Consideraciones jurídicas de la providencia
La Sala recordó que la acción de tutela es un mecanismo subsidiario para proteger derechos fundamentales, como el debido proceso y el acceso a la administración de justicia, cuando estos se ven amenazados o vulnerados por acciones u omisiones de autoridades públicas. El derecho al debido proceso, consagrado en el artículo 29 de la Constitución Política, incluye el derecho a un...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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