Consejo de Estado declara improcedente tutela contra sentencia en proceso de reparación directa por fallecimiento en reclusión
Proviene de: Sentencias
4 de diciembre de 2025 12:52:35
Contexto y naturaleza de la decisión
La Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Cuarta, del Consejo de Estado, profirió una sentencia de primera instancia el 31 de octubre de 2025, en la que negó la acción de tutela presentada contra la sentencia del Tribunal Administrativo del Valle del Cauca, dictada el 15 de mayo de 2025, y la sentencia del Juzgado Trece Administrativo Oral de Cali del 21 de abril de 2023. La acción de tutela pretendía impugnar estas providencias judiciales bajo el argumento de vulneración de derechos fundamentales, especialmente el debido proceso, la igualdad y el acceso a la administración de justicia.Antecedentes fácticos y procesales
El caso se originó tras el fallecimiento de un recluso privado de la libertad en el Complejo Carcelario de Jamundí, quien presentó una enfermedad cardiovascular y fue trasladado de urgencia a un hospital. No obstante, hubo irregularidades en su traslado a centros médicos de mayor complejidad, incumpliendo órdenes médicas y prolongando el tiempo sin atención adecuada. Como consecuencia, el interno sufrió un accidente cerebrovascular hemorrágico que causó su muerte. En el proceso de reparación directa iniciado contra el INPEC y el hospital, el juzgado de primera instancia reconoció la responsabilidad del Estado por la pérdida de oportunidad en la atención médica y ordenó indemnizaciones por perjuicios morales y pérdida de oportunidad a los familiares y a la compañera permanente del fallecido. El Tribunal Administrativo confirmó esta decisión, señalando que la entidad estatal incurrió en una falla en el servicio al no cumplir la orden médica de traslado, lo que afectó la salud del recluso. Posteriormente, los demandantes interpusieron...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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