Consejo de Estado declara carencia de objeto en acción de tutela contra el Consejo Superior de la Judicatura
Proviene de: Sentencias
4 de diciembre de 2025 13:5:49
Contexto y naturaleza de la decisión
La providencia analizada corresponde a un auto emitido por la Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Quinta, del Consejo de Estado, en segunda instancia constitucional. En esta actuación judicial se resolvió una acción de tutela presentada contra el Consejo Superior de la Judicatura, en la cual se alegaba la vulneración de derechos fundamentales relacionados con el derecho de petición, el debido proceso y la dignidad humana.Antecedentes fácticos y procesales
El actor, en ejercicio de sus derechos constitucionales, interpuso acción de tutela contra el Consejo Superior de la Judicatura debido a la supuesta falta de respuesta a una petición presentada el 8 de julio de 2025. La petición estaba relacionada con la consignación de ciertas sumas de dinero y fue enviada a correos electrónicos oficiales de la entidad demandada. Durante el trámite, la entidad informó que había respondido la solicitud mediante correo electrónico el 17 de octubre de 2025. En dicha respuesta se indicó que la consignación solicitada debía efectuarse ante el Tribunal Administrativo de Antioquia, autoridad competente para conocer del asunto. Posteriormente, el Consejo de Estado declaró la carencia actual de objeto, aduciendo que el derecho presuntamente vulnerado había sido atendido.Consideraciones de la Sala y salvamento de voto
El criterio mayoritario de la Sala sostuvo que la respuesta brindada por el Consejo Superior de la Judicatura fue adecuada y suficiente para superar el objeto de la acción de tutela, dado que se atendió la solicitud dentro del trámite constitucional. No obstante, uno de los magistrados expresó un salvamento de voto fundamentado en que la entidad demandada no cumplió integralmente...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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