Consejo de Estado remite solicitud de habeas corpus por competencia a juez de primera instancia
Proviene de: Sentencias
4 de diciembre de 2025 13:7:11
Competencia y trámite de la acción de habeas corpus
El auto fue emitido por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, en atención a una acción de habeas corpus presentada contra un juzgado de ejecución de penas y medidas de seguridad. La acción alegaba ilegalidad en la privación de la libertad, argumentando que la persona privada de la libertad había cumplido la totalidad de la pena con base en la redención por trabajo y la aplicación retroactiva del artículo 19 de la Ley 2466 de 2025. El Consejo de Estado recordó que, conforme al artículo 2 de la Ley 1095 de 2006, todos los jueces y tribunales de la Rama Judicial están habilitados para resolver solicitudes de habeas corpus, pero en primera instancia esta competencia corresponde a jueces ordinarios. Cuando la acción se interpone ante una corporación superior, como el Consejo de Estado, se considera que cada magistrado actúa como juez individual para resolverla únicamente en segunda instancia.Antecedentes jurisprudenciales y normativos
La decisión también se fundamenta en la sentencia C-187 de 2006 de la Corte Constitucional, que revisó la exequibilidad de un proyecto de ley estatutaria relacionado con el habeas corpus. En dicho pronunciamiento, la Corte estableció que el Consejo de Estado no puede conocer en primera instancia estas acciones, pues carece de superior funcional al que se pueda acudir en caso de impugnación, lo cual vulneraría el derecho fundamental al debido proceso. Además, el Consejo Superior de la Judicatura, mediante Acuerdo PSAA07-3972 de 2007, reglamentó que los magistrados de las Altas Cortes, incluyendo la Sala de lo Contencioso Administrativo del...Más noticias sobre Derecho Administrativo
No se encontraron sugerencias