Consejo de Estado niega tutela contra providencia del Tribunal Administrativo de Antioquia sobre nivelación salarial en entidad hospitalaria
Proviene de: Sentencias
4 de diciembre de 2025 13:13:27
Contexto y naturaleza de la decisión
La Subsección A de la Sección Segunda del Consejo de Estado conoció y resolvió una acción de tutela presentada por una empresa social del Estado del sector salud contra una providencia emitida por la Sala Quinta de Decisión del Tribunal Administrativo de Antioquia. La tutela cuestionaba la revocatoria parcial de una sentencia de primera instancia que declaró la existencia de una relación laboral por contrato realidad, pero negó la nivelación salarial solicitada por la trabajadora. La providencia del Tribunal reconoció ese derecho a partir del 1° de julio de 2014. La acción de tutela fue negada, confirmando la validez de la decisión judicial impugnada.Antecedentes fácticos y procesales
El proceso inicial consistió en una demanda de nulidad y restablecimiento del derecho interpuesta por una trabajadora contra la entidad hospitalaria, buscando la declaratoria de existencia de relación laboral y el pago de salarios y prestaciones sociales. El Juzgado Administrativo de Medellín en primera instancia reconoció la relación laboral pero negó la nivelación salarial, argumentando la aplicación de un régimen salarial diferenciado según la fecha de vinculación, conforme al Acuerdo 100 de 2013. Ambas partes apelaron la decisión, y el Tribunal Administrativo de Antioquia revocó parcialmente el fallo, ordenando el reconocimiento de la nivelación salarial desde julio de 2014, fundamentándose en la igualdad funcional entre la demandante y otra trabajadora con mayor salario, y cuestionando la aplicación aislada del Acuerdo 100 que establecía diferencias salariales según la antigüedad. La entidad hospitalaria interpuso la acción de tutela alegando vulneración de derechos fundamentales al debido proceso, acceso a la administración de justicia, igualdad...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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