Consejo de Estado declara improcedente tutela contra sentencia en acción de tutela previa
Proviene de: Sentencias
4 de diciembre de 2025 13:18:24
Contexto y competencia
La providencia fue dictada por la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, en primera instancia, en cumplimiento de la competencia asignada por el Decreto 333 de 2021 y el Acuerdo 80 de 2019. La acción de tutela fue promovida contra una providencia emitida por la Sección Segunda del mismo tribunal, en un proceso judicial de tutela que había sido confirmado en apelación por la Sección Cuarta.Antecedentes fácticos y procesales
El actor, en ejercicio de la acción de tutela constitucional prevista en el artículo 86 de la Constitución Política, solicitó amparo de sus derechos fundamentales al debido proceso, igualdad, tutela judicial efectiva, desempeño de funciones públicas y acceso a la administración de justicia. Alegó vulneración de estos derechos por la sentencia emitida el 18 de junio de 2025 por la Sección Segunda, que negó sus pretensiones en un proceso previo identificado con radicado 2025-02472-01. El actor cuestionó la imparcialidad del tribunal y alegó desconocimiento de precedentes jurisprudenciales de la Corte Constitucional, que permiten promover múltiples tutelas para proteger derechos fundamentales. Además, sostuvo que magistrados de la Sección Tercera debieron declararse impedidos conforme al Código de Procedimiento Penal. La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) y otras secciones del Consejo de Estado solicitaron la negación del amparo, argumentando la inexistencia de vulneración y la improcedencia debido a la reiteración de solicitudes sobre el mismo asunto ya resuelto.Consideraciones jurídicas de la Sala
La Sala recordó que la acción de tutela contra providencias judiciales es excepcional y debe cumplir requisitos estrictos establecidos por la Corte Constitucional, tales como:- Relevancia...
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