Consejo de Estado admite tutela contra providencia judicial y niega medida provisional solicitada por Fiscalía General de la Nación
Proviene de: Sentencias
4 de diciembre de 2025 13:26:40
Tribunal e instancia procesal
La providencia fue emitida por la Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Segunda - Subsección B, del Consejo de Estado, máxima corporación jurisdiccional en materia contencioso administrativa, en el marco de un proceso de tutela. La acción fue presentada por la Fiscalía General de la Nación contra una sentencia proferida por la Sección Quinta del mismo Consejo de Estado en un recurso de apelación.Antecedentes fácticos y procesales
La Fiscalía General de la Nación interpuso acción de tutela alegando la presunta vulneración del derecho fundamental al debido proceso por parte del Consejo de Estado, Sección Quinta. La tutela buscaba dejar sin efectos la sentencia del 21 de agosto de 2025, que resolvió un recurso de apelación en un proceso de acción de cumplimiento originado en el Tribunal Administrativo de Boyacá. En concreto, la sentencia ordenó a la entidad demandada cumplir con una disposición normativa relacionada con la adopción de una política de teletrabajo en un plazo máximo de tres meses. Además, la parte accionante solicitó la suspensión provisional de los efectos de dicha sentencia mientras se decide la acción de tutela, argumentando que el cumplimiento del fallo podría generar perjuicios irreparables dado el próximo vencimiento del término para implementar la política institucional de teletrabajo.Consideraciones de la providencia
El Consejo de Estado admitió la acción de tutela, ordenando notificar a las partes involucradas y solicitar informes y documentación relevante para esclarecer los hechos. Se vinculó al Tribunal Administrativo de Boyacá y a la parte que interpuso el recurso de apelación para que se pronunciaran dentro de los plazos establecidos. Respecto a la medida...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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