Consejo de Estado remite acción de tutela sobre pensión de jubilación a juzgados competentes de Neiva
Proviene de: Sentencias
4 de diciembre de 2025 13:27:9
Contexto y competencia judicial en la tutela
El Consejo de Estado, en su Sala de lo Contencioso Administrativo - Subsección B, mediante un auto fechado el 4 de noviembre de 2025, resolvió sobre la competencia para conocer una acción de tutela instaurada contra el Ministerio de Educación Nacional, el Fondo de Prestaciones Sociales del Magisterio y el Departamento del Huila. La acción fue presentada para proteger el derecho fundamental de petición, al reclamar la resolución de fondo respecto a una solicitud de pensión de jubilación basada en más de veinte años de servicios educativos y el cumplimiento de la edad requerida. Conforme a los antecedentes procesales, el demandante, por medio de apoderada judicial, solicitó que las autoridades competentes del Ministerio de Educación Nacional, el Fondo de Prestaciones Sociales del Magisterio y la Secretaría de Educación del Departamento del Huila atendieran la petición relacionada con la pensión. La controversia surgió por la presunta vulneración de este derecho fundamental.Fundamentos y criterios jurídicos para la remisión
El Consejo de Estado fundamentó su decisión en la normativa aplicable, especialmente en el artículo 2.2.3.1.2.1 numeral 2 del Decreto 1069 de 2015, modificado por el Decreto 799 de 2025, que establece las reglas de reparto de la acción de tutela. Según esta regulación, cuando la acción se interponga contra autoridades o entidades públicas del orden nacional, corresponde conocerla en primera instancia a los jueces del circuito o con igual categoría. Además, la Corte Constitucional ha precisado que la competencia territorial para el conocimiento de la tutela se determina por el lugar donde ocurrió la violación o amenaza que motivó la...Más noticias sobre Derecho Administrativo
No se encontraron sugerencias