Consejo de Estado admite tutela contra Comisión Nacional de Disciplina Judicial y niega medida provisional
Proviene de: Sentencias
4 de diciembre de 2025 13:28:25
Contexto y tribunal competente
La Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Primera, del Consejo de Estado, con sede en Bogotá D.C., conoció y admitió una acción de tutela presentada contra la Comisión Nacional de Disciplina Judicial. La acción se interpuso con fundamento en posibles violaciones a derechos fundamentales como el debido proceso, la defensa, la dignidad humana, el trabajo, la libertad para escoger profesión u oficio y el mínimo vital, en relación con una providencia emitida en un proceso disciplinario.Antecedentes fácticos y procesales
El accionante cuestionó una providencia administrativa fechada en octubre de 2025, dentro de un proceso disciplinario identificado con un número único de radicación, que le impuso una suspensión en el ejercicio de su profesión como abogado durante dos meses. Argumentó que esta sanción vulneraba sus derechos fundamentales, dado que no posee otra profesión u oficio ni ingresos alternativos, lo que afectaría su sustento económico. En consecuencia, solicitó que se decretara una medida provisional para suspender los efectos de la sanción mientras se decide el fondo de la tutela, con el fin de evitar un perjuicio irreparable derivado de la imposibilidad de ejercer su profesión.Consideraciones jurídicas y decisión
El Consejo de Estado admitió la acción de tutela por cumplir con las formalidades legales establecidas en el Decreto Ley 2591 de 1991, que reglamenta la acción de tutela consagrada en el artículo 86 de la Constitución Política. Así mismo, notificó a las entidades y personas con interés directo en el proceso, incluyendo a la Comisión Seccional de Disciplina Judicial que conoció el caso en primera instancia, para que rindieran informes en un término...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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