Consejo de Estado remite acción de tutela contra Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá a la Corte Suprema de Justicia
Proviene de: Sentencias
4 de diciembre de 2025 13:30:39
Contexto de la decisión y tribunal competente
El Consejo de Estado, en su calidad de tribunal de lo contencioso administrativo y en primera instancia, recibió una acción de tutela interpuesta contra la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, el Juzgado Tercero Penal del Circuito de Bogotá y la Procuraduría General de la Nación. El demandante solicitó protección de varios derechos fundamentales, entre ellos el debido proceso, la presunción de inocencia, la dignidad humana y el hábeas data, argumentando la presunta vulneración de estos derechos por la remisión de copias de sentencias condenatorias a la Procuraduría antes de que dichos fallos estuvieran en firme.Antecedentes fácticos y procesales
El reclamante manifestó que la entrega de las sentencias condenatorias, aún no firmes por estar pendiente el recurso de casación, a la Procuraduría General de la Nación afectaba sus derechos fundamentales. La acción de tutela fue presentada buscando amparo frente a esta situación. Sin embargo, al analizar la competencia para conocer la acción de tutela, el despacho del Consejo de Estado consideró relevante el marco normativo aplicable.Fundamento jurídico y motivo principal de la decisión
El análisis se basó en el artículo 37 del Decreto 2591 de 1991, que establece la competencia para conocer acciones de tutela en primera instancia, y en el artículo 2.2.3.1.2.1 del Decreto 1069 de 2015, modificado por el Decreto 333 de 2021, que regula las reglas de reparto de estas acciones. En particular, la normativa dispone que las acciones de tutela dirigidas contra jueces o tribunales deben ser conocidas en primera instancia por el superior funcional de la autoridad...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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