Consejo de Estado declara incompetencia y remite acción de tutela a tribunal superior competente
Consejo de Estado declara incompetencia y remite acción de tutela a tribunal superior competente
Proviene de: Sentencias
4 de diciembre de 2025 13:32:47
Contexto y naturaleza de la decisión
La providencia en análisis corresponde a un auto interlocutorio emitido por el Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Primera, en Bogotá. Esta decisión se dictó en el marco de la admisión de una acción de tutela presentada contra autoridades judiciales seccionales de Antioquia, en relación con un proceso de cobro coactivo. El auto determina que la competencia para conocer esta tutela no corresponde a la corporación demandada sino a los tribunales superiores de distrito judicial.
Antecedentes fácticos y procesales
El actor planteó que sus derechos fundamentales, incluyendo el derecho de petición, al debido proceso, a la propiedad privada, al mínimo vital, a la igualdad y a la buena fe, fueron vulnerados por el Consejo Seccional de la Judicatura de Antioquia y la Dirección Seccional de Administración Judicial de Medellín, en el contexto de un procedimiento de cobro coactivo. La acción de tutela fue inicialmente presentada ante el Consejo de Estado.
Sin embargo, al examinar la demanda, la Sala constató que las autoridades señaladas como presuntas responsables son órganos seccionales de la administración judicial, lo que implica una competencia específica para conocer de sus actuaciones en primera instancia.
Consideraciones jurídicas y fundamento de la decisión
El Consejo de Estado fundamentó su decisión en el numeral 6 del artículo 2.2.3.1.2.1 del Decreto 1069 de 2015, modificado por el Decreto 333 de 2021, que regula el reparto de las acciones de tutela. Según esta norma, las acciones de tutela dirigidas contra los Consejos Seccionales de la Judicatura y las Comisiones Seccionales de Disciplina Judicial deben ser conocidas en primera instancia por los Tribunales Superiores de Distrito Judicial correspondientes.
Por lo tanto, el Consejo de Estado concluyó que no era competente para conocer la acción de tutela y ordenó la remisión del expediente al Tribunal Superior del Distrito Judicial de Medellín, dado que allí se originaron los hechos que motivan la acción constitucional.
Implicaciones del auto interlocutorio
Este auto interlocutorio reafirma la distribución de competencias en materia de acciones de tutela contra autoridades judiciales seccionales, garantizando que los procesos se tramiten ante el tribunal competente. Con ello, se busca asegurar la correcta administración de justicia y el respeto a las normas procesales vigentes, en especial las contenidas en el Decreto Único Reglamentario del sector Justicia y del Derecho.
En definitiva, el Consejo de Estado, al declarar su incompetencia y ordenar la remisión del caso, contribuye a la correcta aplicación de las reglas de competencia y al efectivo acceso a los mecanismos de protección de derechos fundamentales en el ámbito judicial, fortaleciendo así el sistema de garantías y la confianza en la administración de justicia.
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.